El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados
A principios del mes de junio el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Esta ley tiene como objetivo impulsar la economía circular y baja en carbono en España. Pretende cumplir con los objetivos establecidos por las directivas europeas del Paquete de Economía Circular y de la directiva de plásticos de un solo uso.
Ahora mismo, después de haberse aprobado el anteproyecto se encuentra en trámite de información pública, procesos de consulta y participación.
Esta ley pretende proteger el medio ambiente y la salud humana a través de la prevención y reducción de la generación de residuos y de sus impactos en el medio ambiente. Estas son sus principales propuestas:
-
Limitar el uso de plásticos de un solo uso. Esta legislación recoge limitaciones a determinados plásticos de un solo uso, restringiendo la introducción en el mercado de alguno de ellos y estableciendo un impuesto para avanzar en la reducción de los envases de plástico no reutilizables. El tipo impositivo será de 0,45 euros por kilogramo de envase. A partir de enero del 2023 quedará prohibida su distribución gratuita .
-
Prohibición gratuita. Se va a prohibir a partir del 3 de julio de 2021 la introducción en el mercado de los siguientes productos: bastoncillos de algodón, excepto si entran en el ámbito de los productos sanitarios; cubiertos, platos; pajitas y agitadores de bebidas; palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos; los recipientes y vasos para alimentos y bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones.
-
Prevención en la generación de residuos mediante una serie de objetivos cuantificables y concretos. Para luchar contra el desperdicio alimentario la normativa incluye una serie de medidas. Algunas estarán dirigidas a las industrias alimentarias, las empresas de distribución y de restauración colectiva. Además se insta a las administraciones a tomar medidas para frenar la generación de basura dispersa en el medio marino.
A partir de 2021 queda prohibida la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos como textiles, juguetes o aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse de acuerdo a otra normativa. -
Obsolencencia programada. Para ello se fomentará el diseño, la fabricación y el uso de productos que sean eficientes en el uso de recursos, duraderos, reparables, reutilizables y actualizables; y la reutilización de los productos y la implantación de sistemas que promuevan actividades de reparación y reutilización y en particular para los aparatos eléctricos y electrónicos, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción.
-
Agua no envasada, mejor. Las administraciones públicas deberán adoptar las medidas necesarias para reducir el consumo de agua embotellada en sus dependencias mediante el fomento de fuentes de agua potable en condiciones que garanticen la higiene y la seguridad alimentaria, suministrando agua en envases reutilizables.
En los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los/as clientes/as la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del establecimiento, siempre que el agua sea apta para el consumo humano. -
Reutilizar y reciclar. Para el resto de residuos la normativa plantea una serie de objetivos.
-
Impulso economía circular. Se deberán gestionar los residuos como recursos útiles para generar otros productos o sustancias favoreciendoel paso de una economía lineal (producir-consumir-tirar) a una circular basada en la prevención, reutilización, reparación y reciclaje. El anteproyecto de ley determina cuándo un residuo puede ser empleado de nuevo y establece dos categorías. Un residuo que es un recurso para volver a fabricar el mismo producto (como las botellas de vidrio) o subproductos (productos secundarios derivados de procesos industriales), como es el caso de los residuos de la industria alimentaria que se emplean para la fabricación de piensos.
El texto normativo refuerza el orden de prioridad en las opciones de gestión de residuos: prevención, preparación para la reutilización, reciclado, otro tipo de valorización, incluida la valorización energética y la eliminación como última opción.
Además para asegurar la trazabilidad y aumentar la transparencia, se regula el Registro de producción y gestión de residuos que incorpora la información relativa a los productores y gestores de residuos, pero también relativa a las memorias anuales de gestión. Una de las novedades del anteproyecto es la obligación de llevar un registro cronológico a las entidades o empresas que generen subproductos y las que los utilicen.
Se ha includio el ‘Inventario Nacional de descontaminaciones voluntarias de suelos contaminados’ que será alimentado por los registros autonómicos.
Y el abondar residuos será considerado como una infracción grave. El «littering», dejar basura dipersa, será una infracción muy grave. Al gual que el vertido y la gestión incontrolada de residuos peligrosos y también de cualquier otro tipo de residuos, si ha puesto peligro la salud de las personas o se haya producido un daño.
Las sanciones que contempla el anteproyecto son multas desde los mil hasta los dos millones de euros, dependiendo del tipo de infracción
Junto al este anteproyecto el Gobierno aprobó la »Estrategia Española de Economía Circular (EEEC): ”España Circular 2030” y un real decreto que mejora la trazabilidad y el control de los traslados de residuo. Estos elementos forman parte del Marco de Economía Circular que el Gobierno quiere usar para la recuperación económica tras la crisis sanitaria del COVID-19.